miércoles, 30 de marzo de 2011

Los warrants

CONCEPTO
Los warrants son valores que otorgan al poseedor el derecho, pero no la obligación, mediante el pago de un precio (prima), a comprar (CALL) o vender (PUT) una cantidad determinada de un activo (subyacente), a un precio de ejercicio prefijado (strike), durante la vida del mismo (warrant americano) o en la fecha de vencimiento (warrant europeo).


warrants




ACTIVOS SUBYACENTES

Existen warrants sobre los siguientes activos subyacentes:


- Acciones españolas y extranjeras.
- Índices bursátiles nacionales e internacionales.
- Tipos de cambio (divisas).
- Otros (cestas de acciones, tipos de interés, obligaciones, materias primas, etc.).


CONTRATACIÓN

Los warrants emitidos por distintas entidades, una vez admitidos a cotización, se contratan mediante sistemas electrónicos, y de forma continuada, como la mayor parte de los valores de renta fija y variable negociados en el mercado bursátil español.


Los warrants se negocian en un segmento especial, con una normativa ajustada a las características y los específicos requerimientos de negociación de este tipo de productos. En consecuencia, la contratación de warrants se rige por las normas generales aplicables a la renta variable, con las siguientes particularidades:


· Inexistencia de subastas de apertura y de cierre, manteniéndose las subastas de volatilidad, pudiendo estas últimas activarse si se estima que el precio teórico del warrant queda fuera del rango estático de precios.


· La vigencia de las órdenes se limita a la sesión en curso.


· El precio de cierre se determina tomando en consideración las mejores posiciones de compra y de venta existentes en el mercado al cierre de la sesión.


· Incorporación del especialista de warrants, máximo uno en cada valor, como figura que contribuye a fomentar a liquidez y que favorece el proceso de formación de precios. El especialista podrá introducir, a través de aplicaciones externas homologadas, órdenes combinadas limitadas de compra y venta que no podrán negociarse en el instante de su introducción contra posiciones existentes en el mercado, sino que, una vez introducidas, podrán dar lugar a negociaciones por confrontación con otras órdenes entrantes.


· La contratación de bloques tiene una única modalidad, con condiciones particularizadas de precio e importe mínimo.


· Previsión de interrupción de la negociación de warrants, principalmente por causas que afecten a los subyacentes.


LIQUIDACIÓN

La liquidación de las operaciones de cada día se efectúa tres días hábiles después, a través de Iberclear.


VENTAJAS

La inversión en warrants tiene las siguientes ventajas:


- Permite un elevado apalancamiento, por la menor inversión (prima) en el warrant respecto a la inversión directa en el activo subyacente.


- Tiene un riesgo limitado, ya que la pérdida máxima es igual al importe de la inversión (prima) del warrant.


- Permite obtener beneficios potenciales ilimitados, equivalentes a la diferencia entre el precio de ejercicio prefijado (strike) del warrant y el precio registrado por el activo subyacente.


ESTRATEGIAS

Por sus características, los warrants pueden ser utilizados para:


- Cobertura de riesgos de movimientos adversos en el precio del activo subyacente, dado que el warrant incorpora un derecho a comprar o vender, pero no una obligación.


- Inversión a corto plazo o a vencimiento, sobre la base del apalancamiento, con un riesgo limitado y con los potenciales beneficios ilimitados que proporcionan los warrants.


Este video nos ayuda a saber más sobre los warrants, sus conceptos y características.


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